¡Hola, opositores y opositoras! una de las cuestiones más preguntadas por los opositores es cuáles son las principales diferencias entre el recurso y la cuestión de Inconstitucionalidad frente al recurso de amparo. Además, ¡descargad un esquema gratis sobre el Tribunal Constitucional!

¡Vamos a resolver esta cuestión de la forma más resumida posible!


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Recurso y Cuestión de Inconstitucionalidad

A continuación os mostramos para qué sirven estos recursos y quiénes están legitimados para interponerlos.

¿Para qué sirven estos recurso?

El recurso y la cuestión de inconstitucionalidad tienen por objeto el control de la constitucionalidad de las leyes.

Su finalidad es garantizar la primacía de la Constitución y evitar que existan leyes que contradigan cualquiera de sus preceptos, del artículo 1 al 169 CE e incluso sus disposiciones.

¿Quiénes están legitimados para interponerlos?

La cuestión de inconstitucionalidad solo la pueden interponer los jueces.

El recurso de inconstitucionalidad pueden interponerlo:

  • el Presidente del Gobierno
  • el Defensor del pueblo,
  • 50 Diputados o 50 Senadores
  • si se trata de leyes del Estado que puedan afectar a la autonomía de las Comunidades Autónomas, también la Asamblea legislativa y el consejo de gobierno de las mismas

Los ciudadanos no pueden interponer estos recursos.

Más información sobre el Recurso de Inconstitucionalidad

Más información sobre la Cuestión de Inconstitucionalidad

El Recurso de Amparo

Ahora os explicamos la funcionalidad y legitimación para el Recurso de Amparo.

¿Para qué sirve este recurso?

El recurso de amparo es un procedimiento ante el Tribunal Constitucional en virtud del cual se protege al ciudadano contra los actos que impliquen una lesión o violación de sus derechos fundamentales y libertades públicas (art. 14-29 y objeción conciencia 30.2)


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Esquema sobre el Tribunal Constitucional


¿Quién está legitimado para interponerlo?

Podrán interponer el recurso de amparo toda persona física o jurídica que tenga un interés legítimo y al Defensor del Pueblo y Ministerio Fiscal.

Más información sobre el Recurso de Amparo

Esperamos que este pequeño repaso os ayude a entender mejor la diferencia entre estos recursos.

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