¡Hola, opositores! En este artículo veremos cómo funciona la bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid (CAM): tipos de bolsas, cómo se constituyen y ordenan y cómo se realizan los llamamientos.

¡Seguid leyendo si queréis conocer todos los detalles!

¿Qué es la bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid?

Como ya sabréis, la bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid es un listado de candidatos para la cobertura temporal de puestos de trabajo en la administración autonómica madrileña.

De este modo, cada vez que se necesite cubrir algún puesto de forma urgente, no será necesario esperar a que se desarrolle un proceso de oposiciones. Bastará con acudir a estas bolsas de trabajo y llamar a los candidatos por el orden establecido.

Así, todas las bolsas de empleo de la Comunidad de Madrid ordenan a sus integrantes de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad. Por tanto, quienes hayan obtenido mejor nota en los procesos selectivos, se colocarán en posiciones más altas en los listados.


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Tipos de bolsas de empleo de la Comunidad de Madrid

Dentro de los procesos selectivos de la Comunidad de Madrid, existen distintas bolsas de trabajo para la cobertura temporal de todo tipo de puestos.

Así, destacan las siguientes:

  • Bolsas de empleo temporal en Administración y Servicios. Esta es la bolsa de trabajo que se destina a cubrir puestos de funcionarios interinos y personal laboral directamente vinculados a la Administración General de la CAM. Por tanto, es en la que nos centraremos en este artículo
  • Bolsa de contratación temporal en el Servicio Madrileño de Salud. Se utiliza para la cobertura de cualquier necesidad temporal en puestos de personal sanitario o no sanitario del SERMAS
  • Bolsas de trabajo de personal laboral en centros docentes. Son aquellas que se destinan a cubrir temporalmente puestos vacantes de este tipo en centros educativos de toda la Comunidad de Madrid
  • Bolsas de empleo temporal de Justicia. Tienen como objetivo cubrir con personal interino los puestos vacantes en la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid

Cada una de estas bolsas de trabajo de la CAM funcionan de forma independiente, con sus propias reglas y procedimientos. Como decíamos, en esta entrada nos centraremos en las de Administración y Servicios.

De todos modos, podéis encontrar más información de cada una de estas bolsas de empleo en la web de empleo público de la Comunidad de Madrid.

¿Dónde se regula la bolsa de trabajo de la Comunidad de Madrid?

Las principales normas que regulan el funcionamiento de la bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid son las siguientes:

  • Para el personal funcionario:
    • Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid
    • Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid
    • Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (2021-2024)
  • Para el personal laboral:
    • Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024)

Cómo apuntarse a la bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid

Para entrar a formar parte de una bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid, simplemente tendréis que participar en un proceso selectivo para la cobertura de plazas de funcionarios o personal laboral (oposición o concurso-oposición).

Así, estos listados se configuran con aquellos opositores que, sin haber superado el proceso selectivo, hayan conseguido una puntuación mínima suficiente, según se establezca en la convocatoria. De hecho, si no quisieseis formar parte de estas bolsas de empleo de la CAM, tendríais que manifestarlo expresamente.

Por tanto, a diferencia de lo que sucede en otros listados de este tipo (por ejemplo, en las bolsas del SERMAS), no existe un procedimiento separado para configurar la bolsa de trabajo de la Comunidad de Madrid.

En definitiva, cuando participáis en una convocatoria para cubrir puestos de funcionarios o de personal laboral fijo y no superáis el proceso selectivo, pasaréis a integrar esta bolsa si conseguís la puntuación mínima necesaria para ello.

No obstante, en aquellos casos en que no se pueda formar la bolsa por este método, la ley prevé que se pueda realizar una convocatoria específica para constituir la correspondiente bolsa de empleo.

En cualquier caso, se establecen bolsas de empleo separadas para cubrir puestos de funcionarios interinos y de personal laboral temporal. Podéis consultar todos los detalles de ambas modalidades en este enlace.

¿Cómo se ordenan los integrantes de la bolsa de la CAM?

Tomando como referencia las bolsas de empleo de funcionarios interinos de la CAM, vemos que el orden de prelación de los candidatos en la lista se determina de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Primero: suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados en el proceso selectivo
  • Segundo: en caso de empate, se atenderá a la mayor calificación en cada uno de los ejercicios superados según el orden de prelación de los mismos establecido en la convocatoria de las pruebas selectivas
  • Tercero: de persistir el empate, se atenderá al orden alfabético a partir de la letra que haya resultado elegida en el sorteo que anualmente se realiza para el desarrollo de los procesos selectivos de Oferta de Empleo Público y que aparece en las respectivas convocatorias
  • Cuarto: cuando se produzca un empate de puntuación entre diversos aspirantes, y alguno de ellos hubiese participado por el cupo de discapacidad, no se aplicarán los criterios anteriores, quedando los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad en primer lugar de entre aquellos que tengan igual puntuación. En caso de empate entre varios aspirantes que hayan concurrido por el cupo de discapacidad, se estará a lo dispuesto en los criterios generales

Causas de exclusión en las bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid

Una vez que hemos visto cómo inscribirse en la bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid y cómo se ordena a los candidatos, es importante tener en cuenta las posibles causas de exclusión.

Así, seréis excluidos de la bolsa en caso de renuncia, ya sea anterior o posterior al nombramiento o a la toma de posesión en el puesto ofertado. Se entenderá también que renunciáis a formar parte de la bolsa si no tomáis posesión del puesto adjudicado en el plazo establecido.

No obstante, existen causas justificadas para no tomar posesión y no por ello ser excluidos de la bolsa de empleo. La ley menciona expresamente los siguientes motivos:

  • Enfermedad o maternidad
  • Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal
  • Mantener una relación de empleo de carácter temporal
  • Razones de fuerza mayor apreciadas, en su caso, por la Administración

Ahora que ya hemos visto cómo entrar en la bolsa de empleo de la Comunidad de Madrid y cuál es su funcionamiento interno, ¿os parece una opción interesante?

Sin duda, es una magnífica forma de adquirir experiencia laboral en el sector público, que además puede valorarse en muchos procesos selectivos de la CAM.


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