¡Hola, opositores y opositoras! En esta entrada analizamos a fondo el tema de oposiciones y discapacidad. Os explicamos cuál es el porcentaje de plazas reservadas para estos supuestos, qué adaptaciones se pueden solicitar en el proceso selectivo y muchas otras cuestiones de interés.

¡Seguid leyendo para conocer todos los detalles!

Oposiciones y discapacidad: regulación legal

Aunque existe bastante legislación aplicable a la cuestión de oposiciones y discapacidad, las dos normas más relevantes son las siguientes:

  • El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), en particular su artículo 59
  • El Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad

Por tanto, nos basaremos en esta normativa concreta para analizar todo lo relativo a las oposiciones para personas con discapacidad. Así, veremos cuántas plazas se reservan para estos aspirantes, qué requisitos se deben cumplir y en qué medida puede cambiar el proceso selectivo.

Cupo de reserva en oposiciones para personas con discapacidad en 2024

Tal y como indica el mencionado TREBEP, en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7 por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad. De estas plazas:

  • Al menos un 2% se reservan para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual
  • Las restantes (como máximo el 5%) se destinarán a personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad

Por otra parte, también se reserva un cupo no inferior al cinco por ciento en las oposiciones por promoción interna.

¿Y qué se entiende por «personas con discapacidad» a efectos de oposiciones? Pues bien, el propio TREBEP nos remite al Real Decreto Legislativo 1/2013, que considera como tales a aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

En las bases de cada convocatoria de oposiciones se indica qué número de plazas se reservan para personas con discapacidad (diferenciando entre ambos tipos de discapacidad). De este modo, las personas que se inscriban por este turno, competirán por un cupo de plazas separadas de las del turno libre.

El objetivo es garantizar el acceso al empleo público en condiciones de igualdad, compensando las mayores dificultades que se les presentan a estas personas.

Requisitos de acceso a oposiciones con discapacidad

Si queréis participar en unas oposiciones por el cupo de discapacidad, debéis cumplir todos los requisitos que indiquen las bases de la convocatoria para este tipo de aspirantes. Así, entre otros, serán los siguientes:

  • Los requisitos generales y específicos aplicables a todos los candidatos. Nos referimos a cuestiones como la edad, nacionalidad, titulación académica, habilitación, etc.
  • Discapacidad. Como decíamos, para acceder a este cupo de plazas, es necesario que podáis acreditar una discapacidad de, al menos, un 33%
  • Solicitud de participación. Es imprescindible que presentéis vuestra solicitud de participación en el proceso selectivo en tiempo y forma. En este sentido, tened en cuenta que, hoy en día, suele priorizarse la presentación telemática (mediante DNI o certificado electrónico, cl@ve PIN u otros sistemas). Este es también el momento, como luego veremos, de solicitar las adaptaciones del proceso selectivo que consideréis necesarias

Exenciones de tasas para personas con discapacidad

Con carácter general, las personas con discapacidad que participen en oposiciones pueden disfrutar de una exención de las tasas de inscripción en el proceso selectivo.

Esto será así para aquellos aspirantes con, al menos, un 33% de discapacidad, siempre que las bases de la convocatoria así lo indiquen.

De este modo, en todas las oposiciones de la Administración General del Estado se aplica una exención del 100% de las tasas. En el ámbito autonómico y local podría haber ciertas variantes, aunque lo más habitual es que se recojan las mismas exenciones que en el Estado.

En estos casos, suele exigirse la acreditación del grado de discapacidad en el momento de presentar la solicitud. Por tanto, tendréis que adjuntar la documentación correspondiente junto con el impreso de inscripción en el proceso selectivo (ya sea en formato electrónico o en papel).

¿Puedo pedir adaptaciones para el día del examen si tengo alguna discapacidad?

Sin duda, uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta para participar en oposiciones con alguna discapacidad es el de la posibilidad de solicitar adaptaciones.

En este sentido, el mencionado TREBEP indica lo siguiente (59.2):

«Cada Administración Pública adoptará las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad».

Como es obvio, el objetivo de estos ajustes no es dar ninguna ventaja injusta a los candidatos con discapacidad, sino garantizar su posibilidad de acceso al empleo público en condiciones de igualdad.

Para ello, el candidato debe solicitar expresamente las adaptaciones que considere necesarias. Así, esta petición se realizará conjuntamente con la solicitud de participación en el proceso selectivo. Para ello, debe adjuntarse el dictamen técnico que califique el grado de discapacidad e indique qué deficiencias permanentes concurren en cada caso.

Tipos de adaptaciones en las oposiciones para personas con discapacidad

Fundamentalmente, las personas con discapacidad que participen en oposiciones pueden solicitar los siguientes tipos de adaptaciones:

  • Adaptación de tiempos. Como su nombre indica, se trata de conceder un tiempo adicional para realizar las pruebas del proceso selectivo, superior al que se indica para los aspirantes del turno libre. Los tribunales de la oposición decidirán si conceden o no estas adaptaciones, en función de los informes técnicos y de las circunstancias que concurran en cada caso. No obstante, existe una serie de recomendaciones generales que se recogen en la normativa aplicable
  • Adaptaciones de medios. Así, de acuerdo con lo que solicite el aspirante, podrá concederse alguno o algunos de los siguientes ajustes:
    • Ayudas técnicas o tecnológicas para la realización de las pruebas y acceso a la información del proceso selectivo. Por ejemplo, en casos de deficiencias visuales o auditivas
    • Adaptaciones físicas para el acceso al recinto y en el lugar específico de desarrollo de los exámenes
    • Asistencia a través de los medios humanos que sean precisos en cada caso, según el tipo de discapacidad

En definitiva, la legislación vigente regula ampliamente la participación en oposiciones de personas con discapacidad. A estos efectos, trata de garantizar su acceso al empleo público en condiciones de igualdad.

Por tanto, si tenéis algún tipo de discapacidad, informaos siempre sobre la posibilidad de acceder al cupo de plazas reservadas, así como de solicitar las adaptaciones de tiempos y medios que consideréis necesarias.


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