¡Hola, opositores! ¿Sabéis cuáles son las principales diferencias entre las oposiciones a Agente de Hacienda y Administrativo del Estado? En esta entrada os las explicamos con todo detalle.

Qué hace un Agente de Hacienda vs. un Administrativo del Estado

Para hablar de las diferencias entre Agente de Hacienda y Administrativo del Estado, probablemente lo mejor sea comenzar por sus funciones.

Así, aunque desde el punto de vista funcionarial se trate de dos plazas del mismo grupo (C1) y ambas se encuadren en la Administración del Estado, sus tareas pueden ser diferentes.

Ahora bien, en los dos casos se trata de funciones de tipo administrativo, que materialmente pueden incluso coincidir en muchos casos. Por ejemplo, ambos funcionarios pueden realizar tareas de atención al público.

De hecho, en la denominación oficial, vemos que estos dos tipos de plazas pertenecen al Cuerpo General Administrativo.

Veamos ahora con mayor detalle las tareas que les corresponden a cada uno de ellos:

Funciones de un Administrativo del Estado

Las funciones de un Administrativo del Estado se describen de forma muy genérica en la normativa aplicable.

Así, se indica simplemente que el Administrativo del Estado desempeña tareas administrativas de trámite y colaboración (artículo 23.4 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado).

Por tanto, dentro de este marco general, el contenido concreto de las funciones del Administrativo del Estado puede variar notablemente en función de los casos. De este modo, dependiendo del destino y del puesto concreto que desempeñéis, el trabajo diario podría llegar a ser bastante diferente.

En cualquier caso, el tipo de tareas que suelen desempeñar estos funcionarios son, entre otras, las siguientes:

  • Atención al público, tanto presencial como telefónica o por vía telemática.
  • Tratamiento de textos (fundamentalmente con medios informáticos)
  • Tareas de cálculo (que también se realizan sobre todo en aplicaciones ofimáticas)
  • Gestión, archivo y registro de documentos

De hecho, aunque las tareas concretas puedan variar, son similares a las de los Auxiliares Administrativos. En este artículo podéis ver las principales diferencias entre estos dos tipos de plazas.


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Funciones de un Agente de Hacienda

Como decíamos, materialmente, las funciones del Agente de Hacienda van a ser muy similares a las del Administrativo. Por tanto, también serán tareas administrativas de trámite y colaboración.

Sin embargo, las principales diferencias se relacionan con el ámbito en el que se desarrolla su trabajo y, por tanto, el tipo de documentos que manejan y los procedimientos en los que participan.

En este sentido, los Agentes de Hacienda pueden desempeñar su labor en las tres grandes áreas de trabajo de la Administración Tributaria:

  • Gestión, que se refiere a todas aquellas tareas relacionadas con la aplicación de los tributos
  • Inspección, relacionada con los procedimientos de comprobación que lleva a cabo la Agencia Tributaria
  • Recaudación, que abarca todo lo que se refiere al pago de las deudas tributarias

En los tres ámbitos, el Agente de Hacienda puede desarrollar funciones similares, como puede ser la atención al público, el procesamiento de textos o tareas de cálculo. Sin embargo, existen trabajos específicos que son propios de cada una de estas tres áreas:

  • En el ámbito de gestión, el Agente participa en procedimientos como los siguientes:
    • Gestión de liquidaciones tributarias
    • Devoluciones, recursos, quejas y otro tipo de solicitudes dentro del ámbito tributario
    • Exenciones y beneficios fiscales
  • Como tareas en el ámbito de inspección, podemos mencionar:
    • Colaborar en la gestión y tramitación de expedientes de inspección
    • Participar en tareas de investigación y comprobación respecto del obligado tributario
    • Tramitar diligencias y requerimientos en inspecciones
  • Finalmente, en el área de recaudación, nos encontramos con funciones como las siguientes:
    • Participar en la tramitación de providencias de apremio y diligencias de embargo
    • Tramitación de recursos
    • Gestionar solicitudes de aplazamientos

Sueldo de Administrativo del Estado y de Agente de Hacienda: ¿cuánto cobran?

Las diferencias entre Administrativo del Estado y Agente de Hacienda, en lo que se refiere a salarios, no son demasiado significativas.

Así, dado que ambos tipos de plazas pertenecen al mismo grupo de funcionarios (C1), van a compartir un mismo sueldo base. De este modo, las diferencias podrán venir por las retribuciones complementarias. Veámoslo en detalle:

  • Como decíamos, el sueldo base es igual en ambos casos. Así, para el año 2020, asciende a 781,39 € brutos mensuales (9.376,68 € al año).
  • En cuanto a la antigüedad, también coincide para los dos tipos de plazas. De este modo, percibirán 28,59 € brutos mensuales por cada trienio (tres años de servicio cumplidos)
  • El complemento de destino va ligado al nivel que tenga atribuido cada puesto concreto. Así, tanto para los Agentes de Hacienda como para los Administrativos, puede ir desde el nivel 11 hasta el 22, según el puesto. Por tanto, al menos en teoría, podrían percibir por este concepto desde un mínimo de 257,88 € brutos al mes, hasta un máximo de 553,30 €
  • El complemento específico retribuye el nivel de dedicación, responsabilidad o dificultad de cada puesto. En consecuencia, va a ser distinto en cada caso
  • Además, puede haber diferencias también en conceptos variables como la productividad o las gratificaciones, que dependen de las circunstancias de cada persona concreta

En general, podemos decir que el salario bruto, tanto de Agente de Hacienda como de Administrativo del Estado, oscilaría entre 1.400 y 1.900 € al mes.

¿Cómo son las oposiciones a Administrativo del Estado y a Agente de Hacienda?

Aunque las oposiciones de Administrativo del Estado y Agente de Hacienda son bastante similares, sí existen ciertas diferencias entre ambas. Veámoslo en detalle:

La oposición de Administrativo del Estado se estructura en dos grandes ejercicios:

  • El primer ejercicio, para el que disponéis de 90 minutos, consta de las dos partes siguientes:
  • Contestar por escrito un cuestionario de un máximo de 60 preguntas (más 3 de reserva) basado en las materias del temario que figuran en el programa
  • Contestar por escrito un supuesto de carácter práctico a elegir entre los dos propuestos, relacionados con materias de los bloques II, III, IV y V del programa. Cada supuesto práctico se desglosará en 20 preguntas (más 3 de reserva)
  • En el segundo ejercicio, de carácter práctico, se valoran los conocimientos y habilidades en relación con el uso del procesador de textos (con un peso relativo del 50%) y la hoja de cálculo (con un peso relativo del 50%). Para ello dispondréis de un tiempo máximo de 30 minutos

Por su parte, la oposición de Agente de Hacienda se organiza a través de los dos ejercicios siguientes:

  • Primer ejercicio: consiste en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas de respuesta múltiple sobre las materias contenidas en el programa. Duración: 60 minutos.
  • Segundo ejercicio: contestar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con el anexo III.3: «Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario» del programa. Duración: 2 horas 30 minutos.

Por lo demás, ambas oposiciones comparten los mismos requisitos de edad, capacidad y titulación.

¿Cómo es el temario de Administrativo del Estado y el de Agente de Hacienda?

Las diferencias entre los programas de Administrativo del Estado y Agente de Hacienda son las siguientes:

  • El temario de Administrativo del Estado consta de un total de 38 temas, estructurados en las cinco secciones siguientes:
    • Organización del Estado y de la Administración pública: 10 temas
    • Organización de oficinas públicas: 4 temas
    • Derecho administrativo general: 7 temas
    • Gestión de personal: 10 temas
    • Gestión financiera: 7 temas
  • Por su parte, el programa de Agente de Hacienda abarca un total de 35 temas. Se divide en los tres bloques siguientes:
    • Organización del Estado y funcionamiento de la Administración General del Estado: 7 temas
    • Derecho Administrativo General: 5 temas
    • Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario: 23 temas

Por tanto, los programas de ambas oposiciones tienen una extensión muy similar. Por tanto, la gran diferencia entre los temarios de Administrativo y Agente de Hacienda se refiere a su contenido.

Así, el programa de Agente dedica la mayor parte de sus temas a la materia tributaria y de Hacienda Pública.

Por el contrario, el de Administrativo del Estado pone especial interés en cuestiones de organización, personal y derecho administrativo.


Como habéis visto, aunque tienen muchos puntos en común, hay importantes diferencias entre Agentes de Hacienda y Administrativos del Estado. Sin duda, la más reseñable es la que se refiere al ámbito material en que desarrollan su trabajo. Por tanto, si os interesa el sector tributario, quizás debáis elegir la oposición de Agente. Por el contrario, si no os atrae este campo, seguramente os gustará más el puesto de Administrativo.


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