¡Hola, opositores y opositoras! ¿Sabéis en qué consiste el reconocimiento médico de Tropa y Marinería? En esta entrada veremos dónde se regula, cómo se realiza y cuáles son las exclusiones médicas vigentes a día de hoy.

¡Seguid leyendo si queréis conocer todos los detalles!


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¿Cuándo se realiza el reconocimiento médico de Tropa y Marinería?

Dentro de la estructura de las oposiciones de Tropa y Marinería, el reconocimiento médico se ubica en la segunda fase del proceso selectivo.

Así, de forma muy esquemática, la estructura completa del proceso selectivo es la siguiente:

  1. Primera fase:
    1. Concurso, donde se realiza la valoración de los méritos generales, académicos y militares
    2. Oposición, donde se ubica la prueba de aptitudes. Aquí se miden diversos factores aptitudinales a través de cuestionarios psicotécnicos
  2. Segunda fase:
    1. Prueba de personalidad
    2. Reconocimiento médico
    3. Pruebas de aptitud física

¿Dónde se regula el reconocimiento médico de Tropa y Marinería?

El reconocimiento médico del Ejército se regula, fundamentalmente, en las dos normas siguientes:

En los siguientes apartados os explicamos los aspectos más importantes que contiene esta normativa.

¿Cuál es el objetivo del reconocimiento médico del Ejército?

Como ya sabréis, uno de los principales requisitos para acceder a Tropa y Marinería es «poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la convocatoria».

Precisamente, el reconocimiento médico de Tropa y Marinería, junto con las pruebas físicas y psicotécnicas, tienen como finalidad comprobar que la persona aspirante cuenta con dicha aptitud.

Para ello, existe un cuadro oficial de exclusiones médicas, donde se detallan las circunstancias que denotarían la falta de esa aptitud psicofísica. Veamos en qué consiste ese cuadro:

Cuadro de exclusiones médicas de Tropa y Marinería

Efectivamente, la Orden PCI 6/2019 que antes citábamos, con sus modificaciones posteriores, es la norma que recoge el cuadro oficial de exclusiones médicas que se aplica en las oposiciones al Ejército.

Dado que sería muy extenso reproducir todo el cuadro de exclusiones, enumeramos brevemente sus principales apartados:

  • Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales. Algunos de los factores de exclusión más importantes son los siguientes:
    • Altura: El 4 de mayo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden PCM/444/2023 por la que se eliminan los límites de estatura para el acceso a las Fuerzas Armadas
    • El índice de masa corporal no sobrepasará 30 ni será inferior a 17, salvo en casos de gran desarrollo muscular que no presenten patología ni factores de riesgo sobreañadidos
    • Alteraciones de la tensión arterial, enfermedades y otras causas generales
  • Piel y tejido celular subcutáneo: dermatosis, úlceras, etc.
  • Neurología y psiquiatría: aquí se incluye la epilepsia y otras alteraciones o trastornos incompatibles con la profesión militar
  • Aparato digestivo: se detalla una serie de afecciones y enfermedades que se consideran incapacitantes para el acceso a Tropa y Marinería
  • Aparato respiratorio: malformaciones, enfermedades y alteraciones que impidan el desarrollo de las funciones del puesto. Por ejemplo: insuficiencia respiratoria, enfermedades obstructivas de las vías aéreas o del mediastino, etc.
  • Cardiología y cirugía vascular. De nuevo, el cuadro detalla un gran número de condiciones médicas que determinarían la exclusión de las personas aspirantes
  • Aparato locomotor: ausencia de parte de extremidades, alteraciones anatómicas o funcionales, atrofias o distrofias, etc.
  • Aparato de la visión: glaucoma, conjuntivitis crónicas, etc., además de cumplir con los mínimos de agudeza visual que indica el cuadro de exclusiones
  • Otorrinolaringología: insuficiencia respiratoria nasal, rinitis, sinusopatías, hipoacusias, etc.
  • Aparato urogenital: nefropatías, ausencia de un riñón, etc.
  • Sangre y órganos hematopoyéticos: anemias, leucopenias, trombocitopenias, hemoblastosis, linfomas, etc.

En cualquier caso, podéis consultar el texto íntegro en la Orden mencionada.

¿En qué consiste el reconocimiento médico de Tropa y Marinería?

De acuerdo con la Orden PCI 6/2019, en el reconocimiento médico de Tropa y Marinería:

  • Será necesario cubrir el cuestionario de salud aprobado por la Instrucción 14/2016, de 17 de marzo, de la Subsecretaría de Defensa
  • Se realizarán las exploraciones necesarias, entre las que se incluyen:
    • Análisis de orina con detección de tóxicos
    • Análisis de sangre

Durante el reconocimiento médico también se comprobará si tenéis tatuajes y que estos no son contrarios a los valores constitucionales o la imagen de las Fuerzas Armadas.

¿Cómo se califica el examen médico de Tropa y Marinería?

El reconocimiento médico del Ejército para el acceso a Tropa y Marinería será calificado como:

  • «Apto»
  • «No Apto»
  • «No Apto Permanente en la presente convocatoria»

Ahora bien, si recibís una de estas dos calificaciones de «No Apto», podéis pedir su revisión.

Para ello, tendréis que cursar una solicitud dirigida al presidente o presidenta de la Comisión Permanente de Selección en el plazo máximo de tres días hábiles a partir del siguiente al de comunicación de la citada calificación.

Ahora que ya sabéis en qué consiste el reconocimiento médico de Tropa y Marinería, seguro que tenéis más claro el funcionamiento de esta parte del proceso selectivo.

¡Ánimo y mucha suerte con la oposición!


¿Tenéis dudas? Probablemente ya las hayamos resuelto en nuestro centro de ayuda. Si no encontráis vuestra pregunta aquí, escribidnos a [email protected] o llamadnos al 919040798 y os ayudaremos.

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