¡Hola, opositores y opositoras! En esta entrada veremos cuál es el sueldo de un funcionario del grupo C1 o C2 en España en 2024 y analizaremos los distintos componentes que lo integran.

¡Seguid leyendo si queréis conocer todos los detalles!

¿Cuánto cobra un funcionario del grupo C1 o C2 en el Estado en 2024?

Para que tengáis ejemplos concretos de sueldos de funcionarios del C1 y C2 en España, os mostramos dos de los casos más conocidos:

No obstante, los importes exactos pueden variar, según el nivel de complemento de destino que se les asigne. Además, tened en cuenta que no incluimos la retribución por antigüedad.

A continuación os explicamos de qué partes se compone el sueldo de los funcionarios y funcionarias C1 y C2 y a cuánto ascienden las cantidades de cada una de sus partes.

¿Dónde se regula el sueldo de un funcionario C1 o C2?

El salario de un funcionario del grupo C1 o C2, al igual que el de los demás funcionarios, viene regulado por las siguientes normas y disposiciones:

  • El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), la Ley 30/1984 y demás normativa estatal sobre función pública
  • Las leyes de Presupuestos Generales del Estado que se publican cada año. Así, es en estas normas donde se establecen los importes de los distintos conceptos retributivos que conforman los salarios de los empleados públicos en cada ejercicio. Por tanto, tendremos en cuenta la tabla de retribuciones más actualizada, que podéis consultar en este enlace
  • Finalmente, las normas específicas de cada Administración (esencialmente, sus presupuestos) también van a determinar una parte de los salarios de sus propios funcionarios. Así, como luego veremos, hay ciertos complementos que pueden variar según el puesto concreto de que se trate y lo que decida cada entidad. Tened en cuenta que hay funcionarios de los grupos C1 y C2 en:
    • Estado
    • Comunidades Autónomas
    • Entidades Locales: ayuntamientos, diputaciones provinciales, consejos y cabildos insulares, etc.
    • Universidades públicas
    • Otros organismos de titularidad pública

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Componentes del sueldo de un funcionario del grupo C1 o C2

El sueldo de los funcionarios de los grupos C1 y C2 está formado por toda una serie de conceptos retributivos que podemos clasificar en dos grandes tipos:

  • Retribuciones básicas. Su importe se fija anualmente por las leyes de presupuestos del Estado para todos los funcionarios. Aquí se incluyen dos componentes:
    • El sueldo base. Es un importe igual para todos los empleados públicos de un mismo grupo de clasificación. Por tanto, cualquier funcionario del grupo C1 cobrará el mismo sueldo base en toda España. Lo mismo sucede con el sueldo del grupo C2
    • La antigüedad. Varía en función de los años de servicio de cada funcionario. Se computa por trienios (por cada tres años de servicio). El importe por cada trienio es también el mismo dentro de cada grupo
  • Retribuciones complementarias. Estos complementos son fijados por cada administración en función de las características de cada puesto y de las personas que los desempeñan. Así, aquí se incluyen:
    • Complemento de destino (CD)
    • Complemento específico (CE)
    • Otros complementos. Por ejemplo, el complemento de productividad, en los casos en que exista

Siguiendo este esquema, os explicamos ahora más en detalle cómo se desglosa el sueldo de un funcionario del grupo C1 o C2 en España:


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Retribuciones básicas de los grupos C1 y C2

Efectivamente, cualquier funcionario del grupo C1 o C2 tendrá exactamente las mismas retribuciones básicas que los demás funcionarios de su mismo grupo con antigüedad equivalente.

Veamos cuáles son las cifras concretas:

  • Sueldo base. Es el núcleo de las retribuciones y será exactamente el mismo para todos los funcionarios de un mismo grupo. Para el año 2024, tenemos los siguientes importes:
    • Los funcionarios del grupo C1 tienen un sueldo base de 836,41 € brutos al mes
    • Los funcionarios del grupo C2 tienen un sueldo base de 696,13 € brutos mensuales
  • Antigüedad. Como decíamos, se computa por trienios, es decir, por cada tres años de servicio acumulados. De nuevo, los importes serán distintos en función del grupo al que pertenezca cada empleado público:
    • Los del grupo C1 percibirán 30,61 € brutos al mes por cada trienio devengado
    • Los del grupo C2 cobrarán 20,84 € brutos mensuales por cada trienio cumplido
  • Finalmente, aunque no sean retribuciones básicas al 100% (ya que incluyen ciertos complementos), podemos mencionar aquí las pagas extraordinarias. Como sabéis, los funcionarios tienen 14 pagas al año, dos de ellas extraordinarias. Se cobran en junio y diciembre e incluyen:
    • Salario base
    • Antigüedad
    • Parte de las retribuciones complementarias
Sueldos brutos anuales de los distintos grupos de personal funcionario (Incluye solo retribuciones básicas)

Retribuciones complementarias de los grupos C1 y C2

Realmente, son las retribuciones complementarias las que van a marcar la diferencia entre los distintos salarios de los funcionarios de un mismo grupo.

Así, se trata de conceptos retributivos que cada Administración puede establecer (dentro de unos límites), en función de factores como los siguientes:

  • La especial dedicación que requiera cada puesto
  • La dificultad de las tareas o funciones que desarrolle cada trabajador
  • El nivel de responsabilidad que implique cada uno de los puestos
  • Por último, la incompatibilidad que se impone a los empleados púbicos respecto de otros trabajos en el sector privado

Por tanto, las retribuciones complementarias que se incluyen en el salario del grupo C2 y C1 son las siguientes:

  • Complemento de destino (CD). Cada puesto tiene asignado un nivel concreto, en función de las circunstancias que acabamos de mencionar. Además, cada grupo (C1 o C2) tiene un rango de posibles niveles de CD máximos y mínimos:
    • Los funcionarios del grupo C1 pueden tener asignado un nivel que oscila entre el 11 como mínimo y el 22 como máximo. Esto implica unos importes de CD entre 276,04 y 592,27 € brutos al mes, según el puesto concreto
    • Por su parte, los funcionarios del grupo C2 se situarán entre los niveles 9 y 18. Por tanto, tendrán un CD de 236,98 € como mínimo y 458,64 € como máximo
  • Complemento específico (CE). Este complemento está vinculado al nivel de dedicación, responsabilidad o dificultad de cada puesto. Por tanto, es imposible generalizar una cifra concreta de CE en los salarios del grupo C1 y C2. Tendréis que consultar la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y presupuestos de cada entidad administrativa para ver los importes
  • Finalmente, podrían existir otros conceptos retributivos variables, por cuestiones relacionadas con la productividad, horas extras, etc.

Recordad que tenéis más información sobre los sueldos de funcionarios en España y los empleados públicos mejor pagados en el enlace anterior.

Ahora que ya sabéis cuál es el sueldo de un funcionario del grupo C1 o C2 en España en 2021, ¿os parecen unas retribuciones atractivas?

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* Recordad que en todo momento nos estamos refiriendo a retribuciones brutas. El salario neto se calcula de forma personalizada en función de las circunstancias de cada empleado público (estado civil, personas dependientes a cargo…), por lo que no podemos realizar una estimación con carácter general.


¿Tenéis dudas? Probablemente ya las hayamos resuelto en nuestro centro de ayuda. Si no encontráis vuestra pregunta aquí, escribidnos a [email protected] o llamadnos al 919040798 y os ayudaremos.

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