¡Hola, opositores y opositoras! ¿Sabéis cuáles son las exclusiones médicas de la Policía Nacional en 2024-2025? ¿Conocéis las enfermedades que impiden ser policía?

Como veréis en esta entrada, el cuadro de exclusiones que impiden acceder a este cuerpo se modificó en 2021 y podría sufrir nuevos cambios en las próximas convocatorias. Por tanto, si estáis pensando en presentaros a estas oposiciones, seguid leyendo para conocer todos los detalles.

¿Qué son las exclusiones médicas de la Policía Nacional?

Como ya sabréis, las exclusiones médicas de la Policía Nacional son una serie de condiciones o patologías físicas y psicológicas, que impiden el acceso a este cuerpo.

La evaluación de si concurre o no alguna de estas circunstancias se realiza en la prueba de reconocimiento médico de las oposiciones, ya sea de la Escala Básica o de la Ejecutiva. En ambos casos, las causas de exclusión son las mismas.

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¿Dónde se regulan las exclusiones médicas de la Policía Nacional?

Hasta el año 2021, las exclusiones médicas de la Policía Nacional se regulaban en la Orden de 11 de enero de 1988 [derogada], a la que se remitían expresamente las bases de todas las convocatorias.

Sin embargo, en este año se deroga la mencionada Orden, elaborándose un nuevo cuadro de exclusiones. Así, la norma actual es el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.

Aunque esta regulación es muy similar a la anterior, sí que hay ciertas novedades:

  • Se hace una descripción más detallada y específica de muchas de las condiciones o patologías
  • Se eliminan algunas de las exclusiones anteriores (como las referidas a diabetes, psoriasis, úlcera gastroduodenal, asma bronquial y jaqueca)

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Cuadro de exclusiones médicas de la Policía Nacional 2024-2025

De este modo, a partir de 2021, las exclusiones médicas de la Policía Nacional serán las recogidas expresamente en el RD 326/2021, al que se remitirán las futuras convocatorias. Por tanto, podéis consultar la enumeración completa de causas en dicha norma.

No obstante, a continuación os resumimos las más importantes, que el Real Decreto agrupa en doce apartados:

1. Motivos generales de exclusión del CNP

Resumidamente, se establecen como motivos generales de exclusión los siguientes:

  • Salvo en casos de embarazo y maternidad, aquellos procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos prefijados
  • Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de formación adecuadamente
  • Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica permanente

2. Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales

Aquí se incluyen dos grandes secciones de exclusiones médicas de la Policía Nacional:

  • Parámetros biológicos:
    • Altura. ¡Se elimina el requisito de estatura en la Policía Nacional!
    • Índice de masa corporal. No sobrepasará 28 ni será inferior a 18. Se admiten IMC superiores en caso de gran desarrollo muscular
    • Alteraciones de la tensión arterial. Será eliminatoria a partir de 140 mm Hg de sistólica y/o 90 de diastólica
  • Enfermedades y causas generales:
    • Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que puedan menoscabar la eficacia en la ejecución de las misiones encomendadas o alterar la salud
    • Procesos endocrinometabólicos que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua
    • Procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias que, por la presencia de trastornos funcionales, por exigir un tratamiento continuo o por su contagiosidad menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales
    • Procesos inmunoalérgicos, de importancia pronóstica y funcional
    • Procesos reumáticos que originen trastornos funcionales
    • Tumores malignos y lesiones precancerosas en cualquier localización y estadio, y los tumores benignos que por su tamaño o localización menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales
    • Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales
    • Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales

3. Piel y tejido celular subcutáneo

De forma resumida, aquí se incluyen las siguientes causas de exclusión médica para la Policía Nacional:

  • Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo, en los casos en que puedan interferir o menoscabar la realización de funciones policiales
  • Dermopatías contagiosas
  • Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la movilidad o impidan el uso del equipo reglamentario
  • Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante

4. Neurología y psiquiatría

En este apartado se recoge un extenso listado de exclusiones médicas para las oposiciones de Policía Nacional, que podéis consultar en el RD 326/2021. De forma muy resumida, se refieren a las siguientes causas:

  • Neurología:
    • Cubiertas membranosas, óseas o vasculares que produzcan alteraciones motoras o sensitivas
    • Enfermedades crónicas sistematizadas y lesiones del sistema nervioso central o periférico, o de las meninges, que originen trastornos motores o sensitivos
    • Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales
    • Epilepsia
    • Movimientos anormales uni o bilaterales
    • Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales
    • Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que produzcan alteraciones de los sistemas nerviosos central y periférico
    • Paresia o hemiparesia
  • Psiquiatría:
    • Trastornos mentales orgánicos
    • Trastornos mentales y del comportamiento relacionados con el consumo de tóxicos
    • Trastornos psicóticos en todas sus expresiones
    • Trastornos del estado de ánimo de carácter persistente o recurrente
    • Trastornos de ansiedad, adaptativos, relacionados con factores estresantes y trastornos somatomorfos
    • Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos
    • Trastornos de la personalidad y del comportamiento, así como rasgos de personalidad alterados
    • Déficits intelectivos (cociente intelectual inferior a 90) y/o alteraciones cognitivas
    • Trastornos del desarrollo mental, del comportamiento y de las emociones
    • Trastornos del control de los impulsos
    • Aquellos otros trastornos mentales y de la conducta que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, orden público y práctica policial

5. Exclusiones médicas en el aparato digestivo

Resumidamente, se incluyen aquí las siguientes causas de exclusión:

  • Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca o faringe que trastornen la deglución de modo permanente
  • Cualquier alteración de los maxilares y del aparato dentario que obstaculice la masticación
  • Sialorrea y fístulas salivares permanentes
  • Afecciones del esófago que cursen con disfagia
  • Afecciones de estómago, intestino y peritoneo con trastornos orgánicos o funcionales, excepto la enfermedad celiaca
  • Afecciones del recto y ano que ocasionen retención, incontinencia o cualquier otra alteración
  • Secuelas postquirúrgicas con trastornos
  • Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física. Hernias de cualquier tipo y localización
  • Fístulas perineales, incluida la sacrocoxígea
  • Hepatopatías o pancreatitis agudas o crónicas
  • Esplenectomía
  • Trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio

6. Aparato respiratorio

  • Malformaciones o afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica
  • Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar
  • Enfermedades obstructivas de las vías aéreas. Asma bronquial persistente
  • Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio y sus secuelas. Lesiones residuales tuberculosas
  • Neoformaciones benignas y malignas del aparato respiratorio y sus secuelas. Nódulo pulmonar
  • Enfermedades del mediastino, pleura, neumotórax y sus secuelas
  • Anomalías y disfunción diafragmática

7. Cardiología y vascular

  • Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas o sus secuelas
  • Antecedentes de síncope recidivante
  • Enfermedades valvulares
  • Síndrome de preexcitación y trastornos del ritmo y la conducción
  • Cardiopatía isquémica
  • Insuficiencia cardiaca
  • Miocardiopatías. Enfermedades del pericardio
  • Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares
  • Enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas
  • Arteriopatías periféricas
  • Secuelas postflebíticas significativas, varices significativas. Linfedemas importantes

8. Aparato locomotor

  • Enfermedades, lesiones o anomalías osteomioarticulares
  • Pérdida total o parcial de una extremidad
  • Alteración anatómica o funcional de una o ambas manos o de las estructuras osteoligamentosas de la articulación de la muñeca
  • Inestabilidad o incongruencia articular
  • Reducción de los rangos fisiológicos de movimiento articular
  • Desviaciones de la columna vertebral (cifosis, escoliosis, hiperlordosis…) con los parámetros que se indican
  • Alteraciones que cursen con hipotrofia o distrofia de la musculatura de miembros o tronco
  • Intervenciones quirúrgicas que alteren significativamente la mecánica osteoarticular y todas las realizadas en los 90 días previos al reconocimiento
  • Dismetrías de miembros, superiores a 2 centímetros
  • Alteraciones morfológicas de uno o ambos pies que puedan producir intolerancia al uso del calzado reglamentario o a las actividades con bipedestación prolongada
  • Procesos patológicos en fase aguda
  • Presencia de material de osteosíntesis o cirugías estabilizadoras de columna vertebral
  • Valgo o varo de miembros inferiores superior a 20º o con repercusión articular

9. Aparato de la visión

IMPORTANTE: La sentencia de 16 de febrero de 2023, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar en parte el recurso contencioso-administrativo número 244/2021 contra el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional modifica algunas de las condiciones recogidas en este apartado. Os las hemos señalado entre asteriscos (*) y referenciado la sentencia. Esta sentencia influye en la convocatoria 2023.

Además, aquí analizamos si las correcciones visuales están permitidas en la oposición de Policía Nacional.

  • Afecciones del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y cavidad orbitaria
  • Pérdida o atrofia de un globo ocular, *cuerpos extraños intraoculares o cirugía intraocular* – Declarado nulo por STS TS de 16 de febrero de 2023
  • Exoftalmos
  • Glaucoma
  • Dacriocistitis aguda y crónica
  • Defectos y deformidades palpebrales. Ptosis. Ectropion. Entropion. Blefaroespasmo
  • Conjuntivitis crónicas. Pterigión de marcado desarrollo
  • Escleritis y epiescleritis
  • Queratitis. Herpes corneal. Leucomas corneales centrales y periféricos. Estafilomas, distrofias y ectasias corneales congénitas y adquiridas. Queratocono. Trasplante corneal y anillos intraestromales corneales
  • *Técnicas de corrección refractiva: se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, y habiéndose realizado la cirugía al menos 60 días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas* – Declarado nulo por STS de 16 de febrero de 2023
  • Uveítis. Iridociclitis
  • Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino. Cataratas y opacidades que afecten a la visión. Afaquia. Pseudoafaquia
  • Alteraciones vitreorretinianas degenerativas, inflamatorias, tumorales o traumáticas del fondo de ojo que produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Cualquier cirugía vitreorretiniana
  • Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica
  • Estrabismo. Diplopía. Nistagmus. Heterotropia. Motilidad ocular extrínseca anormal
  • Visión cromática. No se admitirán discromatopsias
  • Defectos en el campo visual debido a enfermedades oculares, del sistema nervioso central o traumas
  • Agudeza visual lejana. Agudeza visual mínima exigida sin corrección: 0,6 en cada ojo

10. Otorrinolaringología

  • Afecciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oído, que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva
  • Rinitis alérgica, simple, atrófica o hipertrófica, que limite la actividad física. Anosmia y parosmia
  • Perforaciones del tabique nasal
  • Sinusopatías
  • Disfonías permanentes. Disartria
  • Anomalías de la motilidad laríngea
  • Enfermedad recurrente del oído medio, así como las consecutivas a procesos obstructivos tubáricos
  • Manifestaciones vertiginosas
  • Afecciones del oído de importancia pronóstica o que perturben la función auditiva por debajo de los mínimos exigidos
  • Hipoacusias. Pérdidas auditivas sin corrección por encima de 35 db entre 500 y 3000 Hz y de 45 db a partir de 4000 Hz
  • Alteraciones anatómicas y fisiológicas que supongan un Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño (SAOS o SAHS)

11. Exclusiones médicas de Policía Nacional en el aparato urogenital

  • Nefropatías y cistopatías, insuficiencia renal aguda o crónica
  • Ausencia anatómica o funcional de un riñón
  • Litiasis con afectación endocrina o alteración de la función renal
  • Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina
  • Alteraciones analíticas significativas de la orina
  • Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano
  • Orquitis u orquiepididimitis no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento
  • Hidrocele o varicocele
  • Prolapsos genitales
  • Infecciones genitales no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento.
  • Endometriosis
  • Hipertrofia de mama u otra patología mamaria que interfiera con las funciones policiales, la uniformidad o equipación de seguridad policial
  • Varicosidades genitales significativas
  • Fístulas rectovaginales y vesicovaginales

12. Sangre y órganos hematopoyéticos

  • Afecciones hematológicas que limiten las funciones policiales
  • Anemias y leucopenias. Trombocitopenias
  • Síndromes mieloproliferativos y mielodisplásicos
  • Hemoblastosis. Leucosis
  • Linfomas. Mielomas
  • Trastornos de la hemostasia y coagulación
  • Hemoglobinopatías con repercusión funcional o importancia pronóstica
  • Inmunodeficiencias que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales
  • Alteraciones analíticas significativas en sangre

¿Qué enfermedades te impiden ser policía?

Las enfermedades que no podéis tener par ser policía son las que se encuentran en el cuadro clínico de exclusiones del apartado anterior. Esto es porque impiden o dificultan la realización de las actividades diarias de un Policía Nacional.

Si no tenéis claro si sufrís alguna de las exclusiones médicas para ser policía, lo mejor es que lo consultéis con un médico especialista. Además, es recomendable resolver estas dudas antes de empezar a preparar el proceso selectivo.

Exclusiones médicas para la Policía Local

En el caso de las exclusiones médicas para los cuerpos de policía local, será cada ayuntamiento o consejería autonómica quienes las determinen.

No obstante, suele tomarse como base las establecidas con carácter general para la Policía Nacional.

En el momento de revisar esta entrada ya hemos publicado los siguientes artículos en relación a los criterios de exclusión médica en las oposiciones a las Policías Locales y Autonómicas. Pinchad en el enlace para consultarlos:


En definitiva, el nuevo cuadro de exclusiones médicas de la Policía Nacional hace una descripción más detallada y específica de las condiciones o patologías, eliminando algunas de las anteriormente vigentes. Para mayor detalle, podéis consultar el cuadro completo en la nueva norma.


¿Tenéis dudas? Probablemente ya las hayamos resuelto en nuestro centro de ayuda. Si no encontráis vuestra pregunta aquí, escribidnos a [email protected] o llamadnos al 919040798 y os ayudaremos.

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