¡Hola, opositores y opositoras! Se han convocado 50 plazas para el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico por Turno Libre y 15 plazas por Promoción Interna que se corresponden con las incluidas en la OEP 2022.

En los siguientes apartados os explicamos todo lo que necesitáis saber para presentar vuestras solicitudes a esta oposición, que también encontraréis bajo el nombre de «Examinadores y examinadoras de Tráfico». ¡Tomad nota!


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Requisitos para presentarse a Administrativo en la especialidad de Tráfico

Para poder presentaros a la oposición a Administrativo/a del Estado – Especialidad de Tráfico por Turno Libre tenéis que cumplir una serie de requisitos que vienen recogidos en el punto 4 de las bases de la convocatoria, que fueron publicadas el 5 de julio de 2023 en el Boletín Oficial del Estado. Además, su cumplimiento es lo que determinará la lista de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.

Estos criterios deben cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Los requisitos son los siguientes:

  • Poseer la nacionalidad española o:
    • de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea
      • el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho
      • con las mismas condiciones, los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes
    • las personas incluidas en el ámbito ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas. Además debéis cumplir con los siguientes requisitos:
    • no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios
    • no pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al que se presenta
      • En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una Especialidad de un Cuerpo o Escala, no tener previamente reconocida la misma
    • En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público
  • Tener cumplidos los 23 años de edad, de acuerdo con el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores
  • Ser titular de los siguientes permisos de conducción:
    • Permiso de conducción de la clase B, en vigor, con al menos tres años de antigüedad
    • Permiso de conducción en vigor de la clase A2
    • Permiso de conducción en vigor de la clase C o D
    • Importante: Los permisos indicados no deberán estar sometidos a la restricción administrativa indicada por el código 78 de la Unión Europea armonizado que indica «limitado a vehículos sin pedal de embrague (o palanca accionada manualmente para motocicletas)»
  • Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar
  • Contar -o estar en condiciones de obtener al finalizar el plazo de presentación de instancias- con el Título de Bachiller o Técnico
    • Si habéis obtenido esta titulación en el extranjero debéis acreditar estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación
      • Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario

Si queréis presentaros a alguna de las 15 plazas convocadas por Promoción Interna recordad revisar los requisitos específicos para este turno, que también se recogen en el apartado 4.5 de las bases de la convocatoria.

¿Cumplís estos requisitos? En los siguientes apartados os explicamos cómo presentar vuestra solicitud y realizar el pago de las tasas.

¿Cómo se presentan las solicitudes en esta oposición?

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el 6 de julio de 2023.

La presentación de solicitudes se hará exclusivamente por medios electrónicos. Por este motivo, para participar debéis cumplimentar electrónicamente el modelo oficial 790.

Los pasos que debéis seguir para completar la solicitud son los siguientes:

  1. Acceder al Punto de Acceso General y seleccionar la especialidad (CUERPO GENERAL ADMINISTRATIVO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, ESPECIALIDAD DE TRAFICO)
  2. Pinchar en «inscribirse» y seleccionar el sistema de inscripción online. Debéis usar el sistema Cl@ve y seguir las instrucciones que os irán apareciendo en pantalla
  3. En las siguientes pantallas completaréis:
    • Vuestros datos personales y de titulación
    • Anexaréis los documentos escaneados acreditativos (si es necesario)
    • Pagaréis las tasas de derecho a examen *En el siguiente apartado os damos más información sobre el abono de las tasas
    • Registro y firma electrónica de vuestra solicitud
  4. Una vez completados los formularios y el pago pulsaréis en «Firmar y enviar inscripción». El proceso estará completado si se os muestran los justificantes de pago y registro de la inscripción

Os recordamos que la no presentación de la solicitud en tiempo y forma supone la exclusión del proceso selectivo.

¿Cómo se abona la tasa de derecho de examen?

Las tasas de examen de este proceso selectivo ascienden a 15,57 €

El pago de las tasas se completará al realizar la inscripción en el proceso selectivo.

Para ello, al rellenar la documentación en la plataforma de Acceso al Punto General se os solicitará que marquéis:

  • Si pertenecéis a alguna de las categorías que admiten bonificación o exención de las tasas – se os facilita un sistema para adjuntar la documentación escaneada
    • Situación de desempleo
    • Discapacidad reconocida igual o superior al 33%
    • Víctima de terrorismo
    • Familia numerosa general
  • El método de pago que preferís usar:
    • Cargo en cuenta bancaria
    • Pago con tarjeta de crédito o débito

Al completar el apartado de bonificaciones se modificará la cantidad a pagar en función de vuestra situación personal.

En el siguiente apartado os explicamos qué bonificaciones y exenciones están disponibles.

Requisitos para la exención de las tasas

Como os avanzábamos más arriba, existe una serie de casos en los que no tendréis que abonar las tasas de derecho a examen. Son los siguientes:

  • Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento – debéis acreditarlo mediante certificado
    • No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de estas Comunidades Autónomas
  • Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. En este caso debéis cumplir las siguientes condiciones:
    • no haber rechazado oferta de empleo adecuado
    • no haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional
    • carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional
  • Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas cuentan con estas dos ayudas siempre que presenten el título actualizado:
    • Exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial
    • Bonificación del 50 por 100 del coste de las tasas las personas que pertenezcan a una familia numerosa de la categoría general (Las tasas ascenderían, en este caso, a 7, 79 €)
    • La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de estas Comunidades Autónomas.
  • Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que:
    • hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme
    • en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos

A la hora de rellenar el formulario de participación se os pedirá que marquéis las casillas que se corresponden con vuestra situación y aportéis la documentación justificativa.

Recordad que la administración podrá revisar de forma automática los registros en que consta esa información excepto que os opongáis a ello. Si os oponéis a este tratamiento de vuestros datos tendréis que adjuntar la documentación acreditativa referente a vuestras circunstancias.

Una vez completado el pago firmaréis la solicitud y enviaréis vuestra inscripción en el proceso selectivo.

¿Cómo es el proceso selectivo?

En este apartado os explicamos brevemente en qué consisten las pruebas de la oposición a Administrativo, especialidad de Tráfico.

Si bien en todo momento se nombra como Administrativo, especialidad de Tráfico, una de las principales funciones que llevaréis a cabo es la de ejercer como examinadores de la Dirección General de Tráfico (DGT). De ahí que en los requisitos se incluya la necesidad de contar con determinados permisos de conducción.

Las pruebas que debéis superar son las siguientes:

  1. Fase de oposición:
    1. Cuestionario tipo test de 100 preguntas correspondientes al temario de Administrativos, especialidad de Tráfico
    2. Prueba práctica de conducción de un vehículo turismo en una vía abierta al tráfico general
  2. Superación de un curso selectivo. A este curso no podrá acceder un número de aspirantes superior al de plazas convocadas

Quienes superéis ambas fases seréis nombrados en una plaza de Examinador/Examinadora eligiendo destino en función de la puntuación total obtenida.

Para que podáis entender mejor el proceso selectivo os hemos preparado este post en el que os contamos cómo son los ejercicios de la oposición de Examinadores de Tráfico


¿Tenéis dudas? Probablemente ya las hayamos resuelto en nuestro centro de ayuda. Si no encontráis vuestra pregunta aquí, escribidnos a [email protected] o llamadnos al 919040798 y os ayudaremos.

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