¡Hola, opositores y opositoras! Como ya sabréis, el curso selectivo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias es una fase de gran relevancia dentro del proceso selectivo.

En esta entrada os explicamos en qué consiste, cuándo se realiza, cómo se evalúa y cuánto se cobra.

¡Seguid leyendo para conocer todos los detalles!

¿Qué es el curso selectivo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias?

En muchas oposiciones, después de superar los distintos exámenes o pruebas del proceso selectivo, se lleva a cabo una formación con las personas que hayan aprobado.

Este es el caso de la oposición de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

Por tanto, esta formación, que suele tener un carácter teórico-práctico, es el llamado «curso selectivo».

La denominación de «selectivo» se debe a que se trata de un curso evaluable, donde se va a seleccionar a las personas aspirantes que se consideren cualificadas para desarrollar las tareas del puesto.

No obstante, como luego veremos, lo más normal es que todas las personas que inicien el curso lo superen.


¿Dónde se regula el curso selectivo de Ayudantes de II.PP.?

Como los demás aspectos de esta oposición, las características esenciales del curso selectivo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias vienen reguladas en las bases de la convocatoria.

A día de hoy, la convocatoria de Ayudantes de II.PP. más reciente es la de 2022, que podéis consultar en el BOE del 27 de junio de 2022.

No obstante, se han incluido 750 plazas en la OEP 2023, que confiamos que en se convoquen en los próximos meses, cumpliendo la previsión oficial.

Tened en cuenta que, actualmente, las bases engloban el curso selectivo dentro de lo que se denomina «período de prácticas».

¿Cuándo se realiza el curso de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias?

El curso selectivo de Ayudantes de II.PP. se realiza, conjuntamente con las prácticas, al final del proceso selectivo.

Aquí tenéis un esquema del procedimiento, para que podáis verlo de forma más clara:

Requisitos para acceder al curso selectivo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Para poder realizar el período de prácticas y el curso selectivo de Ayudantes de II.PP., es necesario:

  • Superar la fase de oposición
  • Presentar la documentación indicada en las bases de la convocatoria

Una vez se compruebe que la documentación es correcta y que cumplís todos los requisitos de la convocatoria, recibiréis el nombramiento de «funcionarios/as en prácticas».

Curso selectivo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias: fases y contenido

El llamado «período de prácticas» de este cuerpo de II.PP. consta de las dos fases siguientes:

1. Fase de formación teórico-práctica

Las principales características de esta primera parte del período de prácticas son las siguientes:

  • Desde el principio, se desarrollan funciones propias del puesto de trabajo en los centros penitenciarios, aunque de forma tutelada
  • Simultáneamente, recibiréis formación teórica, tanto en los propios centros penitenciarios como en la sede del Centro de Estudios Penitenciarios (Cuenca)
  • Será obligatorio asistir al 80 por ciento de las jornadas de formación teórico-práctica para la realización del examen
  • El examen se calificará como «Apto» o «No Apto»
  • Quienes no superen esta fase no podrán realizar la fase de perfeccionamiento teórico-práctico
  • Mediante Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, se establecerá el calendario, el programa, así como las normas internas que regulen esta fase
  • La duración de esta fase no será superior a cuatro meses

2. Fase de perfeccionamiento teórico-práctico

Esta segunda fase del período de prácticas tiene las siguientes características:

  • Aquí realizaréis las distintas funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en los Centros Penitenciarios.
  • No obstante, compaginaréis esas funciones con la formación teórica
  • Se realizará un seguimiento de vuestra actuación para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones. A estos efectos, se establecerán los controles necesarios para su evaluación
  • Esta fase será evaluable y calificada de «Apto» o «No Apto»
  • Será requisito imprescindible, además de ser informado como «Apto» por el órgano encargado del seguimiento en el Centro Penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado el 75 por ciento del periodo de prácticas en Centros Penitenciarios
  • Por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación de ambos periodos, así como el programa y las materias objeto de evaluación

¿Puedo suspender el curso de Ayudantes de II.PP.?

Como habéis visto, tanto la primera como la segunda parte del período de prácticas / curso selectivo de Ayudantes de II.PP. son evaluables.

Por tanto, si fueseis calificados como «no aptos/as», se os excluiría del proceso selectivo.

De hecho, en la segunda fase, podríais ser dados/as de baja si en cualquier momento pusieseis de manifiesto, de manera grave y ostensible, vuestra incapacidad para desempeñar las funciones del puesto. Incluso antes de llegar al momento de evaluación final.

De todos modos, como decíamos al inicio, lo más normal es que superéis el curso selectivo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias sin ningún problema.

¿Cuánto se cobra durante el curso de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias?

Durante el período de prácticas como Ayudantes de II.PP., percibiréis el sueldo base del grupo C1. A día de escribir esta entrada, es de 836,41 €.

A esto, se añaden los siguientes complementos:

  • Complemento de destino, que depende del centro penitenciario donde realicéis las prácticas. Es bastante habitual que se asigne el nivel 16, lo que supone 406,52 € brutos mensuales a día de hoy, aunque en alguna ocasión se ha asignado el nivel 15 (380,39 €)
  • Complemento específico, que depende de cada puesto de trabajo en concreto. Por tanto, no podemos dar cifras específicas
  • Complemento de productividad, en su caso

Recordad que las retribuciones pueden variar considerablemente según la categoría y ubicación del centro penitenciario en el que realicéis las prácticas y, por supuesto, del tipo de puesto desempeñado (vigilancia 1 y 2, oficinas, etc.).

Una ventaja de las retribuciones en prácticas es que no están sujetas a retenciones por IRPF.

¿Qué sucede después del curso de Ayudantes de II.PP.?

De acuerdo con las bases, una vez finalizadas y superadas las dos fases del periodo de prácticas, permaneceréis en los mismos Centros Penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

Durante este período, tendréis todavía la condición de funcionarios o funcionarias en prácticas, hasta la publicación en el Boletín Oficial del Estado de vuestro nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera.

En la resolución de nombramiento, se os asignará destino inicial, ya como personal funcionario de carrera de pleno derecho.

En definitiva, el curso selectivo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias es una parte esencial del proceso selectivo, que os ayudará a conocer de primera mano las funciones propias del puesto.

Así, iréis adquiriendo los conocimientos teórico-prácticos que os facilitarán la incorporación progresiva al trabajo, siempre bajo la supervisión de personal cualificado y con experiencia.


¿Estáis realizando el curso? ¿Ya ejercéis en Instituciones Penitenciarias? Dejadnos un comentario y compartid con otras aspirantes cómo ha sido vuestra experiencia.


¿Tenéis dudas? Probablemente ya las hayamos resuelto en nuestro centro de ayuda. Si no encontráis vuestra pregunta aquí, escribidnos a [email protected] o llamadnos al 919040798 y os ayudaremos.

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