¡Hola, opositores y opositoras! Como sabéis, una vez aprobadas las oposiciones de Correos, elegir destino es el paso más importante. Por ello, en esta entrada os explicamos en qué consiste este proceso y qué opciones tenéis para cambiar de destino posteriormente.

¡Seguid leyendo si queréis conocer todos los detalles!

IMPORTANTE: Aunque comúnmente se habla de «oposiciones a Correos», desde el año 2000 los empleados y empleadas de esta Sociedad Estatal son personal laboral. Por lo tanto vuestra relación con Correos será de tipo laboral.


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¿Cómo elegir destino en las oposiciones de Correos?: Proceso de inscripción

Aunque el proceso para elegir destino en las oposiciones de Correos se realiza después de aprobar, tened en cuenta que ya desde el momento de la inscripción tendréis que tomar alguna decisión en este sentido.

Así, tal y como se indica en la propia convocatoria, en el formulario de inscripción para el proceso selectivo podréis elegir hasta un máximo de cuatro puestos de trabajo, de una sola provincia, de acuerdo con las opciones siguientes (pueden variar según la convocatoria):

  • Reparto 1 (urbano y servicios rurales motorizados)
  • Reparto 2 (urbano y servicios rurales no motorizados)
  • Agente/clasificación
  • Atención al cliente

Es importante que tengáis en cuenta que todos los puestos deben estar en la misma provincia, ya que las oposiciones de Correos se realizan de forma separada para cada una de ellas.

Por otra parte, en este momento no se trata todavía de elegir destino concreto. Simplemente se decide entre los cuatro tipos de puestos disponibles y, por supuesto, la provincia en la que queráis ejercer. Será después de aprobar cuando podréis optar por destinos concretos (puestos específicos en determinado municipio, tipo de jornada, turnos, etc.).

En los siguientes apartados os explicamos cómo funciona este procedimiento de elección de destinos en Correos, una vez superado el proceso selectivo.


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¿Dónde se regula la elección de destino de Correos?

Principalmente, la normativa más importante que regula la cuestión de cómo elegir destino en las oposiciones de Correos es la siguiente:

  • La propia resolución de convocatoria del proceso selectivo. En concreto, la que se denomina “segundo desarrollo”. Así, es en este documento en el que se incluye el desglose por provincias y tipo de puesto, según los cuatro tipos de puesto que mencionábamos, correspondientes a personal operativo del grupo IV. Como decíamos, en este momento tendréis que inscribiros en la oposición, indicando la provincia y puestos que os interesen
  • Estatuto del personal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima. Esta norma, aprobada mediante el Real Decreto 370/2004, de 5 de marzo, es la que regula las cuestiones fundamentales respecto del régimen de personal de Correos. Entre ellas, se encuentra todo lo relativo a la asignación de destinos, los concursos de traslados, carrera profesional, etc.

Por supuesto, además de estas, existen otras normas e instrucciones internas que pueden afectar a diversas cuestiones relacionadas con la asignación de puestos y la elección de destinos.

Oposiciones de Correos: cómo elegir destino después de aprobar

La normativa que acabamos de ver no especifica muchas de las cuestiones prácticas concretas acerca de cómo elegir destinos en las oposiciones de Correos. No obstante, teniendo en cuenta cómo se ha desarrollado este procedimiento en convocatorias anteriores, podemos explicaros las siguientes cuestiones fundamentales:

  • La asignación de destino en las oposiciones de Correos se hace por orden de puntuación en el proceso selectivo y según las preferencias que indique cada opositor
  • La posesión de permisos específicos de conducción para determinados puestos de reparto vincula la asignación de destinos a las personas seleccionadas en el momento de la contratación, de acuerdo con la oferta de puestos de trabajo
  • Se adjudican primero los puestos con una mayor retribución y una mayor jornada laboral. Por tanto, se asignan en primer lugar los de jornada completa y luego los que tengan jornada parcial
  • En convocatorias anteriores, el acto de elección y asignación de destino concreto se desarrollaba presencialmente. De este modo, se presenta a los candidatos aprobados el listado de puestos disponibles en esa provincia para que indiquen sus preferencias. Así, se van asignando directamente los puestos según la puntuación de cada opositor, eliminándolos del listado hasta adjudicarlos todos

En cualquier caso, tened en cuenta que el procedimiento específico puede variar ligeramente en las distintas convocatorias y en cada ámbito geográfico.

¿Puedo cambiar de destino en Correos posteriormente?

Por supuesto, el proceso de elegir destino tras las oposiciones de Correos no tiene por qué condicionar el resto de vuestra vida laboral. Así, el propio Estatuto de personal prevé distintos procedimientos para cambiar de destino o para acceder a puestos distintos, dentro del organigrama de esta entidad pública.

De este modo, los «puestos base» (operativos y servicios generales) y asimilados, se proveerán conforme a los siguientes procedimientos:

  • Reajustes en la misma localidad. Este es un sistema de redistribución de trabajadores que busca optimizar los recursos de la empresa, de modo que los empleados pueda cambiar (voluntariamente) de centro y/o turno de trabajo
  • Concurso de traslados. Este es el sistema de asignación de puestos habitual en el sector público. Así, en el concurso se publica el listado de puestos disponibles, con los requisitos necesarios para desempeñarlos y los méritos objeto de valoración. Los trabajadores, de forma voluntaria, podrán indicar a qué puesto o puestos quieren optar. Finalmente, los destinos se asignan mediante la valoración de los méritos alegados y según el orden de preferencia manifestado por los trabajadores

Para los demás puestos (no puestos base), el concurso de méritos es el sistema habitual.

Además de estos sistemas, también existen determinados puestos que se pueden asignar por el procedimiento de libre designación. Normalmente, se trata de posiciones de tipo directivo o mandos intermedios.

Finalmente, también es posible la cobertura de puestos en comisión de servicios, con carácter temporal y voluntario.

¿Cómo es la carrera profesional en Correos?

Sin duda, una de las ventajas de superar las oposiciones de Correos es la posibilidad de ascender en la organización y mejorar vuestro salario progresivamente.

En este sentido, el Estatuto de personal regula los sistemas de promoción interna y promoción profesional.

Como ya sabréis, la promoción interna consiste en el ascenso a cuerpos o escalas del grupo inmediato superior al que estéis adscritos. Para ello, se utiliza, bien el sistema de oposición, o bien el de concurso-oposición, siempre conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Para poder participar en estos procedimientos, tendréis que:

  • Tener al menos dos años de antigüedad en el cuerpo o grupo de procedencia
  • Disponer de la titulación académica exigida en el puesto al que queráis acceder
  • Cumplir los demás requisitos necesarios para su desempeño

Como veis, en las oposiciones de Correos, elegir destino es un paso fundamental, pero no tiene por qué condicionar el resto de vuestra carrera profesional. Así, la opción de participar en concursos de traslados o, incluso, las convocatorias de promoción interna, abren un abanico de posibilidades realmente interesante.


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